Las vacaciones son uno de los derechos que tienen los trabajadores en Colombia después de cumplir el tiempo de servicio establecido por la ley. Para muchas personas, este descanso es la oportunidad de salir de viaje, pasar tiempo con la familia o simplemente desconectarse del trabajo.
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Para los empleadores, en cambio, es importante conocer cómo se solicitan, cuánto se deben pagar y qué ocurre cuando un trabajador termina su contrato sin haberlas disfrutado.
En esta guía encontrarás cómo se calculan las vacaciones laborales, cuántos días corresponden por año trabajado y cómo hacer la liquidación con ejemplos sencillos. También te explicamos qué pasa con las vacaciones acumuladas y cuándo pueden pagarse en dinero.
¿Cuántos días de vacaciones tiene un trabajador en Colombia?
El artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo establece que los trabajadores que hayan prestado sus servicios durante un año tienen derecho a quince días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas.
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Esto significa que por cada año completo de trabajo se generan 15 días hábiles de vacaciones. No son 15 días calendario, sino días que se cuentan teniendo en cuenta la jornada laboral y los descansos que correspondan.
Por ejemplo, si una persona trabaja de lunes a sábado y sale a vacaciones un lunes, sus días de vacaciones se cuentan de acuerdo con los días hábiles de su jornada. Los domingos y festivos no se descuentan como días de vacaciones.
¿Las vacaciones son pagadas?
Sí. Las vacaciones son un descanso remunerado. El trabajador recibe el pago correspondiente al tiempo de vacaciones, aunque no esté prestando sus servicios durante esos días.
El empleador debe reconocer este derecho de acuerdo con el salario que corresponda y las reglas de liquidación previstas en el Código Sustantivo del Trabajo.
¿Cuándo se generan las vacaciones?
Las vacaciones se generan por cada año de servicio. Una vez el trabajador cumple un año, tiene derecho a disfrutar de 15 días hábiles de descanso remunerado.
Si el contrato termina antes de cumplir el año, también puede existir derecho al pago proporcional de las vacaciones causadas durante el tiempo trabajado.
Por ejemplo, un trabajador que lleva seis meses en la empresa no ha cumplido todavía el año de servicio, pero puede tener vacaciones proporcionales si termina su contrato, según el tiempo efectivamente trabajado.
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Leer análisis completo →¿Cómo se calculan las vacaciones laborales?
Para calcular las vacaciones de un trabajador se utiliza el salario que corresponda según la ley y el tiempo de servicio que haya generado el derecho.
La fórmula general para liquidar vacaciones proporcionales es:
Vacaciones = salario base × días trabajados ÷ 720
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Esta fórmula se utiliza para calcular el valor de las vacaciones proporcionales en dinero cuando el trabajador tiene derecho a ellas.
El divisor 720 corresponde a la relación entre 30 días de salario y los 360 días del año laboral para efectos de liquidación.
Ejemplo de vacaciones por un año completo
Supongamos que un trabajador tiene un salario mensual de $2.000.000 y cumple un año de servicio.
El valor de sus vacaciones por un año completo sería:
$2.000.000 × 360 ÷ 720 = $1.000.000.
En este caso, el trabajador tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones remuneradas y el valor correspondiente a esos días sería de $1.000.000.
Calculadora de vacaciones laborales
Utiliza esta calculadora para estimar el valor de las vacaciones proporcionales de un trabajador en Colombia.
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¿Qué salario se utiliza para liquidar las vacaciones?
El artículo 192 del Código Sustantivo del Trabajo establece que durante el período de vacaciones el trabajador recibe el salario ordinario que esté devengando el día en que comience a disfrutarlas.
Para calcular el valor de las vacaciones, se debe tener en cuenta el salario ordinario que corresponda al trabajador. El valor puede variar si existe un cambio salarial antes de iniciar el descanso.
Cuando el trabajador tiene un salario variable, se utiliza el promedio de lo devengado en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se concedan las vacaciones.
¿Se incluyen las horas extras en las vacaciones?
Las horas extras, recargos y otros pagos que no constituyen salario ordinario deben revisarse según su naturaleza y la forma en que se liquida el descanso remunerado. Para los trabajadores con salario variable, es importante revisar los conceptos que integran el promedio salarial aplicable.
¿Cuándo debe el empleador dar las vacaciones?
El empleador debe conceder las vacaciones dentro del año siguiente a aquel en que se causaron, de acuerdo con el artículo 187 del Código Sustantivo del Trabajo.
La fecha puede ser acordada entre las partes, pero el empleador también puede señalarla de manera unilateral, respetando las reglas legales.
Además, debe avisar al trabajador con al menos 15 días de anticipación la fecha en que comenzará el descanso.
¿El trabajador puede escoger la fecha de sus vacaciones?
El trabajador puede solicitar la fecha en la que desea salir a vacaciones, pero la aprobación depende de las condiciones del servicio y de la organización de la empresa.
Lo recomendable es que ambas partes coordinen la fecha con anticipación para evitar problemas en la operación del negocio.
¿Se pueden acumular las vacaciones?
En Colombia, las vacaciones pueden acumularse bajo determinadas condiciones. El artículo 190 del Código Sustantivo del Trabajo establece que el trabajador debe disfrutar cada año de por lo menos seis días hábiles continuos de vacaciones, que no pueden ser acumulados.
El resto de las vacaciones puede acumularse hasta por dos años, salvo las excepciones legales para determinados trabajadores o situaciones.
Por ejemplo, si un trabajador tiene 15 días de vacaciones pendientes, puede acordar con el empleador disfrutar una parte y conservar el resto para otro período, siempre que se respeten los límites establecidos por la ley.
¿Se pueden pagar las vacaciones en dinero?
Las vacaciones están destinadas al descanso del trabajador. Por eso, la regla general es que se disfruten y no que se sustituyan por dinero mientras el contrato está vigente.
Sin embargo, el artículo 189 del Código Sustantivo del Trabajo permite que el trabajador y el empleador acuerden por escrito el pago en dinero de hasta la mitad de las vacaciones.
Cuando el contrato termina, el trabajador tiene derecho a que se le paguen las vacaciones causadas y no disfrutadas, incluidas las proporcionales que correspondan.
¿Qué pasa si el trabajador termina su contrato sin disfrutar las vacaciones?
Si un trabajador se retira de la empresa y tiene vacaciones pendientes, el empleador debe incluir el valor correspondiente en la liquidación final del contrato.
Para calcularlas se tiene en cuenta el tiempo trabajado y el salario que corresponda según las reglas aplicables.
Por ejemplo, si una persona trabajó ocho meses y termina su contrato sin haber disfrutado vacaciones, se debe calcular el valor proporcional de los días que haya causado.
¿Qué debe hacer el empleador para programar vacaciones?
En una pyme, la programación de vacaciones ayuda a mantener la operación organizada y evita que varios empleados se ausenten al mismo tiempo.
- Revisar qué trabajadores ya cumplieron un año de servicio.
- Identificar los días de vacaciones pendientes.
- Coordinar las fechas con el trabajador.
- Informar la fecha de inicio con la anticipación legal.
- Registrar el período disfrutado y el saldo pendiente.
Es importante conservar los soportes de las vacaciones concedidas y los pagos realizados, especialmente cuando se maneja una nómina con varios empleados.
Preguntas frecuentes sobre vacaciones laborales
¿Cuántos días de vacaciones corresponden por un año trabajado?
Corresponden 15 días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas por cada año de servicio.
¿Las vacaciones se cuentan en días calendario?
No. Las vacaciones se cuentan en días hábiles, de acuerdo con la jornada laboral y las reglas del Código Sustantivo del Trabajo.
¿Puedo pedir vacaciones antes de cumplir un año?
El empleador puede conceder vacaciones anticipadas, aunque el trabajador todavía no haya cumplido el año de servicio. Es recomendable dejar constancia del acuerdo.
¿Qué pasa si no me pagan las vacaciones?
Si el trabajador tiene derecho a vacaciones y el empleador no las reconoce o paga cuando corresponde, puede solicitar el cumplimiento de la obligación y acudir al Ministerio del Trabajo si es necesario.
¿Las vacaciones se pagan antes de salir?
El Código Sustantivo del Trabajo establece que el salario correspondiente al período de vacaciones debe ser pagado al trabajador durante el período de descanso, según las condiciones de pago aplicables.
Fuentes oficiales
- Código Sustantivo del Trabajo — artículos 186, 187, 189, 190 y 192.
- Ministerio del Trabajo de Colombia — información sobre derechos laborales.










