Cómo pagar la seguridad social (PILA) siendo empleador o independiente en 2026

El pago de la seguridad social a través de la PILA (Planilla Integrada de Liquidación de Aportes) es un proceso mensual ineludible para empresas y trabajadores independientes en Colombia. Un error en la liquidación o un retraso en las fechas de pago genera intereses de mora inmediatos y expone al negocio a auditorías y sanciones severas por parte de la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales).

Comprender cómo funciona la PILA, cuáles son los porcentajes exactos de cotización y cómo aplicar las exoneraciones vigentes te permite proyectar correctamente los costos de tu nómina o de tus ingresos como contratista.

¿Qué conceptos se pagan en la PILA?

La planilla unifica en una sola transacción electrónica el pago de varios subsistemas de seguridad social y aportes parafiscales:

  • Salud: Garantiza la atención médica del trabajador y sus beneficiarios.
  • Pensión: Aportes para cubrir la jubilación, invalidez o sobrevivencia.
  • ARL (Riesgos Laborales): Cobertura frente a accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
  • Parafiscales: Aportes obligatorios a la Caja de Compensación Familiar (CCF), al SENA y al ICBF.

Aportes de seguridad social para empleadores (2026)

Cuando contratas a un trabajador mediante un contrato laboral, el costo de la seguridad social se divide entre la empresa y el empleado. La base para calcular estos aportes es el salario mensual devengado, sin incluir el auxilio de transporte.

ConceptoPorcentaje TotalAporte EmpleadorAporte Trabajador (Deducido de nómina)
Pensión16%12%4%
Salud12,5%8,5% (Ver exoneración abajo)4%
ARL (Riesgo I – Oficinas)0,522% (Varía según riesgo)100% (0,522%)0%
Caja de Compensación4%100% (4%)0%

Exoneración de aportes (Beneficio para empresas)

Las sociedades (como las SAS) y las personas naturales empleadoras (que tengan dos o más empleados) están exoneradas de pagar el 8,5% de salud, el 2% del SENA y el 3% del ICBF por los trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos. Bajo esta regla, el empleador solo asume el 12% de pensión, la ARL y el 4% de la Caja de Compensación.

Aportes de seguridad social para independientes (2026)

Si eres contratista bajo prestación de servicios o trabajas por cuenta propia, las reglas cambian. El independiente asume el 100% del pago de salud y pensión, y la base de cotización no es el total de sus ingresos.

  • Base de cotización: Se calcula sobre el 40% de los ingresos mensuales netos (descontando costos y gastos asociados a la actividad).
  • Ingreso Base de Cotización (IBC) Mínimo: Nunca puede ser inferior a 1 SMLMV. Para 2026, si el 40% de tus ingresos da menos de $1.750.905, debes cotizar obligatoriamente sobre $1.750.905.
  • Porcentajes a pagar: 12,5% para salud y 16% para pensión sobre el IBC calculado. La ARL se paga según el nivel de riesgo y la Caja de Compensación es opcional (generalmente al 2% o 0,6%).

Paso a paso para liquidar y pagar la PILA

  1. Elegir un operador de información: Existen plataformas autorizadas por el Ministerio de Salud (como SOI, Mi Planilla, Aportes en Línea o ARUS) que validan y procesan los datos.
  2. Crear la cuenta y registrar aportantes/cotizantes: Registra el NIT de la empresa o tu cédula si eres independiente. Luego, ingresa los datos personales de cada trabajador, su salario y el fondo de pensiones, EPS y ARL a los que están afiliados.
  3. Reportar novedades del mes: Antes de liquidar, debes registrar las situaciones que afectan el pago: ingresos de personal, retiros, vacaciones, licencias no remuneradas o incapacidades médicas.
  4. Generar y pagar la planilla: El sistema calcula automáticamente el valor a pagar con base en las novedades. El pago se realiza de forma electrónica a través de PSE.

Fechas límite de pago

El día exacto para pagar la PILA sin incurrir en mora depende de los dos últimos dígitos del NIT (para empresas) o de la cédula (para independientes), sin contar el dígito de verificación. El calendario oficial distribuye los pagos entre el segundo y el décimo cuarto día hábil de cada mes. Los operadores de información muestran esta fecha límite directamente en la plataforma al liquidar la planilla.

Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si un trabajador está incapacitado?

La incapacidad se reporta como una novedad en la PILA. Durante ese periodo, el empleador sigue pagando los aportes a salud y pensión, pero no se pagan aportes a riesgos laborales (ARL), ya que el trabajador no está expuesto al riesgo en su puesto de trabajo.

¿Un independiente con varios contratos debe pagar una planilla por cada uno?

No. El independiente consolida todos sus ingresos mensuales, calcula el 40% sobre el total y paga una única planilla. Si el contratante exige el soporte de pago, el independiente entrega el certificado de esa planilla unificada.

¿La UGPP me puede multar si calculo mal el Ingreso Base de Cotización?

Sí. La UGPP cruza la información de la PILA con las declaraciones de renta de la DIAN. Si detecta que los aportes se hicieron sobre una base inferior a la real o se aplicaron exoneraciones indebidas, emite requerimientos que incluyen el pago de los aportes faltantes, más intereses de mora y sanciones que pueden llegar al 200% del valor omitido.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal, contable ni financiera. Consulta siempre con un profesional

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